Actualidad / Noticias
Respuesta al Ciudadano Diputado Julio García Jarpa
[2010-01-02] - En atención a la carta abierta al ciudadano Presidente Hugo Rafael Chávez Frías, publicada en fecha 27-12.09, las organizaciones y protectores de animales de Venezuela, mantienen firmes su posición so
En atención a la carta abierta al ciudadano Presidente Hugo Rafael Chávez Frías, publicada en fecha 27-12.09, las organizaciones y protectores de animales de Venezuela, mantienen firmes su posición sobre su contenido en materia de protección animal y en consecuencia rechazamos los argumentos en defensa de la Ley para la Protección de la Fauna Doméstica no Peligrosa, Libre y en Cautiverio, expuesta por el Diputado Julio García Jarpa, Vicepresidente de la Comisiòn permanente de Ambiente y Ordenación del Territorio, publicada en el diario U/N en fecha 30-12-09, por cuanto :
No fue ampliamente consultada, ni considerados los aportes que se entregaron en su oportunidad a esa Comisión que elaboraron el Proyecto de Ley, razón por la cual nos vemos obligados a hacer público, una vez mas, nuestras consideraciones en materia de protección animal dada la basta experiencia acumulada durante 30 años por la Asociación Pro Defensa de los Animales, Aproa y las demás organizaciones afines a la causa.
En consecuencia exponemos que:
DISCRIMINA Por qué solo protege del maltrato a la fauna doméstica. ¿Será que los demás animales no tienen sistema nervioso que los hace sensibles al dolor?, y, además, protege solo a los animales domésticos no peligrosos…, esto quiere decir que si el animal doméstico es peligroso no tiene derecho a la defensa, lo podemos tranquilamente matar a palos, quemar vivo, torturar, etc., solo porque es peligroso y la Ley no los protege. Esto es discriminación.
También es discriminatoria porque insistimos con la palabra DERECHOS…que no debió ser excluida de la Ley. En su discurso de fin de año el Presidente Evo Morales dijo que “la próxima guerra será en defensa de los DERECHOS de la Madre Tierra”. Por supuesto que la Madre Tierra no puede ejercer este derecho por si misma, es el hombre el que debe hacerlo por ella. Además, sabemos que la Madre Tierra está compuesta esencialmente por los animales que la habitan. Por tanto, también podemos hablar de los derechos de los animales.
En relación con la consulta, fueron más amplias las reuniones y en privado con los poderosos sectores ganaderos, taurinos y de santería, quienes fueron muy bien escuchados, ya que si fueron tomados en cuenta, tal como se evidencia en el texto de la Ley. Por el contrario no se tomaron en cuenta las opiniones de los proteccionistas.
En relación a los sacrificios rituales de animales, el diputado Julio García Jarpa informa, que están siendo revisados por la Comisión de Política Interior. ¿No debieron consultar con esta Comisión antes de hacer la Ley? ¿Consultaron con psicólogos y la Lopna, respecto a los traumas que sufren los niños al ver, oler y escuchar el llanto de los animales que se realizan en la propia comunidad? ¿Consideraron las molestias, desagrado y dolor que también deben soportar los vecinos, que luego además deben ver los cadáveres en la vía pública?
No es innovadora ni revolucionaria, pues, entre otras cosas, no se consultaron los Códigos de Bioética existentes en el país y no esta a la altura de los países avanzados en la materia. Permite la experimentación y vivisección (abrir un animal vivo) para la enseñanza, que como se sabe, ha sido suplantado por métodos alternos; videos, imágenes computarizadas, fotos, etc., con lo cual se quebranta la objeción de consciencia de los estudiantes, que se verían obligados a hacer estas prácticas.
Podría cometerse ilícitos por parte de los Circos, artículo 17, ya que a nivel nacional no todas las Alcaldías cuentan con una Unidad de Gestión Pública Municipal, que se encargue de vigilar el buen trato a la fauna domestica. Por lo tanto, no entendemos quien es el que se va a encargar de esto.
Consideramos, que, para un animal doméstico vivir de por vida en una jaula, entre otros vejámenes, es antinatural y cruel. Además, es excluyente ya que los leones, tigres y osos, al no ser fauna domestica, estarían excluidos del buen trato. Por el contrario, debe promoverse que estos permanezcan en su hábitat para evitar contribuir a la extinción de las especies, por ello pedimos la prohibición de circos con animales.
Es arbitraria y abusiva con la raza pitt bull al obligar a su confinamiento obligatorio, y posterior desaparición (¡!) artículo 33,”1 Mantenerlos permanentemente en condiciones de cautividad.” “Tal restricción tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2014. A partir de esta fecha queda prohibida la propiedad y tenencia de dichos animales.”
No regula en forma amplia lo atinente a La cría, el trasporte y muerte de los animales de consumo, para que su beneficio se produzca de la forma más benigna posible, evitando el dolor innecesario.
No ayuda en nada a los animales de las personas de escasos recursos económicos, al no promover las esterilizaciones gratuitas a las mascotas, lo cual reduciría la reproducción indeseada de animales callejeros, y su destino incierto ( muerte )
Representa un retroceso en materia legal, al penalizar las faltas muy graves, solo con multas, en vez de considerarlas de orden público, lo cual posibilitaría poder acudir ante la jurisdicción penal. Es importante resaltar, que esta Ley aprobada recientemente, cuando establece multas por faltas muy graves, su monto es menor a la que consagra el Código Penal vigente.
Queremos una Ley macro, que defienda a todos los animales de las distintas especies en nuestro país, para que cada día se promueve mas el sentimiento humano y el espíritu de solidaridad hacia todo ser vivo.
Cristina Camilloni, Presidenta de Aproa, miembro de la Federación de Entidades Protectoras de Animales de Venezuela y en nombre del pueblo que nos apoya en esta causa.
No fue ampliamente consultada, ni considerados los aportes que se entregaron en su oportunidad a esa Comisión que elaboraron el Proyecto de Ley, razón por la cual nos vemos obligados a hacer público, una vez mas, nuestras consideraciones en materia de protección animal dada la basta experiencia acumulada durante 30 años por la Asociación Pro Defensa de los Animales, Aproa y las demás organizaciones afines a la causa.
En consecuencia exponemos que:
DISCRIMINA Por qué solo protege del maltrato a la fauna doméstica. ¿Será que los demás animales no tienen sistema nervioso que los hace sensibles al dolor?, y, además, protege solo a los animales domésticos no peligrosos…, esto quiere decir que si el animal doméstico es peligroso no tiene derecho a la defensa, lo podemos tranquilamente matar a palos, quemar vivo, torturar, etc., solo porque es peligroso y la Ley no los protege. Esto es discriminación.
También es discriminatoria porque insistimos con la palabra DERECHOS…que no debió ser excluida de la Ley. En su discurso de fin de año el Presidente Evo Morales dijo que “la próxima guerra será en defensa de los DERECHOS de la Madre Tierra”. Por supuesto que la Madre Tierra no puede ejercer este derecho por si misma, es el hombre el que debe hacerlo por ella. Además, sabemos que la Madre Tierra está compuesta esencialmente por los animales que la habitan. Por tanto, también podemos hablar de los derechos de los animales.
En relación con la consulta, fueron más amplias las reuniones y en privado con los poderosos sectores ganaderos, taurinos y de santería, quienes fueron muy bien escuchados, ya que si fueron tomados en cuenta, tal como se evidencia en el texto de la Ley. Por el contrario no se tomaron en cuenta las opiniones de los proteccionistas.
En relación a los sacrificios rituales de animales, el diputado Julio García Jarpa informa, que están siendo revisados por la Comisión de Política Interior. ¿No debieron consultar con esta Comisión antes de hacer la Ley? ¿Consultaron con psicólogos y la Lopna, respecto a los traumas que sufren los niños al ver, oler y escuchar el llanto de los animales que se realizan en la propia comunidad? ¿Consideraron las molestias, desagrado y dolor que también deben soportar los vecinos, que luego además deben ver los cadáveres en la vía pública?
No es innovadora ni revolucionaria, pues, entre otras cosas, no se consultaron los Códigos de Bioética existentes en el país y no esta a la altura de los países avanzados en la materia. Permite la experimentación y vivisección (abrir un animal vivo) para la enseñanza, que como se sabe, ha sido suplantado por métodos alternos; videos, imágenes computarizadas, fotos, etc., con lo cual se quebranta la objeción de consciencia de los estudiantes, que se verían obligados a hacer estas prácticas.
Podría cometerse ilícitos por parte de los Circos, artículo 17, ya que a nivel nacional no todas las Alcaldías cuentan con una Unidad de Gestión Pública Municipal, que se encargue de vigilar el buen trato a la fauna domestica. Por lo tanto, no entendemos quien es el que se va a encargar de esto.
Consideramos, que, para un animal doméstico vivir de por vida en una jaula, entre otros vejámenes, es antinatural y cruel. Además, es excluyente ya que los leones, tigres y osos, al no ser fauna domestica, estarían excluidos del buen trato. Por el contrario, debe promoverse que estos permanezcan en su hábitat para evitar contribuir a la extinción de las especies, por ello pedimos la prohibición de circos con animales.
Es arbitraria y abusiva con la raza pitt bull al obligar a su confinamiento obligatorio, y posterior desaparición (¡!) artículo 33,”1 Mantenerlos permanentemente en condiciones de cautividad.” “Tal restricción tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2014. A partir de esta fecha queda prohibida la propiedad y tenencia de dichos animales.”
No regula en forma amplia lo atinente a La cría, el trasporte y muerte de los animales de consumo, para que su beneficio se produzca de la forma más benigna posible, evitando el dolor innecesario.
No ayuda en nada a los animales de las personas de escasos recursos económicos, al no promover las esterilizaciones gratuitas a las mascotas, lo cual reduciría la reproducción indeseada de animales callejeros, y su destino incierto ( muerte )
Representa un retroceso en materia legal, al penalizar las faltas muy graves, solo con multas, en vez de considerarlas de orden público, lo cual posibilitaría poder acudir ante la jurisdicción penal. Es importante resaltar, que esta Ley aprobada recientemente, cuando establece multas por faltas muy graves, su monto es menor a la que consagra el Código Penal vigente.
Queremos una Ley macro, que defienda a todos los animales de las distintas especies en nuestro país, para que cada día se promueve mas el sentimiento humano y el espíritu de solidaridad hacia todo ser vivo.
Cristina Camilloni, Presidenta de Aproa, miembro de la Federación de Entidades Protectoras de Animales de Venezuela y en nombre del pueblo que nos apoya en esta causa.













